El pasado 11 de mayo los grupos parlamentarios Socialista, Podem Illes Balears, MÉS per Menorca y MÉS per Mallorca presentaron en el registro del Parlament una Proposición
de Ley de regulación de las corridas de toros en las Islas Baleares.
Esta proposición de ley tiene por objetivo regular los espectáculos taurinos
que se celebren en plazas de toros de la Comunidad Autónoma de las Islas
Baleares, de acuerdo con
el marco jurídico estatal y estatutario vigente y siguiendo la jurisprudencia
reciente en esta materia, como la sentencia del Tribunal
Constitucional de 20 de octubre de 2016, sobre el recurso de inconstitucionalidad
en contra del artículo 1 de la Ley 28/2010 del Parlament catalán.
En
general, la iniciativa legislativa es positiva. Sin embargo, presenta algunas
incoherencias que pueden hacerla fracasar. Veamos algunos aspectos que no
quedan claros.
En
primer lugar, se establece que la ganadería suministradora ha de ser la más cercana
a la plaza de toros, para evitarles a las reses el largo transporte desde la
península. Si el texto de la posible futura ley queda así, no va a ser eficaz,
porque el organizador de la corrida si quiere comprar toros de ganaderías de la
península, solo tiene que alegar que toros con las características que necesita
no los hay en la isla.
En
segundo lugar, se prohíben las novilladas y la presencia de caballos durante
las corridas. Les aconsejo a los promotores de esta proposición que retiren
esta prohibición porque no les va a servir de nada. El Tribunal Constitucional
la anulará por ser contraria a la Constitución Española al invadir competencias
estatales. ¿Es que no recuerdan que se aprobó ex profeso una ley de protección de la tauromaquia para impedir que
se prohibiera cualquier espectáculo relacionado con la misma? Las novilladas y
la suerte de caballos están incluidas por muy mal que nos sepa.
Se
establece que los toros no sufrirán ningún tipo de agresión y deberán ser
devueltos al corral sin heridas. El intento acabar con las corridas de toros
con esta prohibición es legítimo, pero no va a ser eficaz. Se prohíbe un
aspecto fundamental de la corrida de toros, de modo que también puede ser
declarado contrario a la legislación estatal y, por consiguiente,
inconstitucional.
En
tercer lugar, se establece que sólo pueden intervenir en les corridas los profesionales
inscritos en la sección I del Registro general de profesionales taurinos, es
decir, matadores de toros (no matadores de novillos). Esto mismo es lo que
regula el Reglamento de Espectáculos Taurinos. Es una mera duplicidad que no es
necesaria.
En
cuarto lugar, y de manera poco coherente, se blinda la celebración del correbou de Fornalutx. Pretenden retirar
de la Ley 1/1992 de Protección de los Animales en el ámbito de Illes Balears, el requisito de la
celebración ininterrumpida durante más de cien años. Las asociaciones
animalistas estaban a punto de lograr su prohibición por los tribunales –yo
mismo estaba preparando la demanda contencioso-administrativa para ello-, porque
el Ayuntamiento de Fornalutx nunca ha logrado demostrar esta condición. De
hecho, contrató a un especialista archivero para encontrar documentos
históricos que así lo atestiguaran, sin éxito. Con esta modificación se han
ganado la enemistad de los colectivos animalistas de las islas y tiran por
tierra todo el trabajo que han venido realizando desde hace décadas para
mejorar el bienestar de los animales. No era necesario.
Naturalmente,
la proposición de ley tiene aspectos positivos, como es la inclusión de una
disposición adicional para modificar el artículo 4 de la Ley 1/1992 de Protección
de los Animales en el entorno humano, para prohibir los circos con animales
salvajes o la prohibición de crear o recuperar fiestas con animales, haya
maltrato o no, con el objetivo que las personas no utilicen los animales en sus
fiestas. Además, en las fiestas existentes en las que participen animales no se
les podrá obligar a realizar conductas antinaturales, ni hacerles burlas.
Aplaudo
todo trabajo que vaya encaminado a mejorar las condiciones de los animales y a
erradicar el maltrato. Pero, las cosas se pueden hacer mejor. Desgraciadamente,
en este caso, las negociaciones políticas han malogrado una iniciativa
legislativa que está condenada a morir antes de nacer.
Francisco
Capacete González
Especialista
en Derecho Animal